Un equipo estará disponible para atender a los afiliados de la seguridad social
También pueden llamar al 809-472-1900
POSTED BY, CRONICARDS, 11/12/2024.
SANTO DOMINGO RD.-La Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados (Dida) puso en marcha este martes el proyecto «Ya no estás solo, la Dida 24 horas contigo», para dar servicio a los ciudadanos que cotizan en el sistema de Seguridad Social.
Según una nota de prensa, este servicio estará disponible las 24 horas del día con el objetivo de estar al lado de los usuarios del sistema en el momento que se requiera la asistencia de los técnicos de la Dida. Los afiliados deben llamar al 809-472-1900.
Un equipo integrado por supervisor, chofer y seguridad estará disponible para cualquier emergencia que sea reportada desde cada punto donde esté ubicado el afiliado, esto en caso de que sea necesario trasladarse.
La institución informó que en caso de que no haya la necesidad de trasladar al personal del Departamento de Orientación y Defensa (DOD), estará minuto a minuto en contacto con la persona que así lo requiera.
El director general de la Dida, Elías Báez de los Santos, destacó la importancia del programa, el cual estima que
marcará un antes y un después en la calidad de los servicios que ofrece la entidad protectora de los afiliados.
Báez de los Santos dijo que, para responder a la necesidad de operar bajo la modalidad de 24 horas, se han capacitado decenas de técnicos en derecho con especialidad en Seguridad Social, quienes estarán disponibles para cualquier solicitud de asistencia.
«Al llegar a la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (Dida) asumimos el compromiso que manda la Constitución de la República Dominicana, la ley 87-01, la Ley 13-20 y las normas complementarias emitidas por el Ministerio de Salud Pública, el Consejo Nacional de la Seguridad Social y las Superintendencias de Salud y Riegos Laborales y de Pensiones», acotó.
Aseguró que para avanzar hacia un sistema sólido y efectivo se requiere un compromiso colectivo, donde cada actor involucrado, desde el personal de las clínicas, las ARS y los afiliados, hasta los órganos de supervisión y la rectoría del sistema, debe asumir sus responsabilidades.
La ley
En virtud de que el artículo 4 de la Ley 87-01, que crea el sistema de seguridad social, establece los parámetros que faculta a esta dirección para orientar sobre los derechos y deberes de los afiliados, la Dida tiene facultad para el acompañamiento en la formulación de querellas, demandas, representación y el seguimiento de casos.
Agregó que hay que ejecutar lo que sea necesario para hacer efectivo el reconocimiento de estos derechos hasta su resolución final.