DGCP exhorta a alcaldes electos a solicitar suspensión de sus registros de proveedores

El órgano rector recordó que las autoridades municipales no pueden contratar con el Estado, según lo establece la Ley 340-06

POSTED BY, CORPUS MONTERO, 10/04/2024.

SANTO DOMINGO RD.-La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) exhortó este martes a los funcionarios electos a cargos municipales a que, en caso de ser suplidores del Estado, soliciten la suspensión de su Registro de Proveedores del Estado (RPE) ante esa entidad.

El órgano rector informó que, a partir de la toma de posesión de las nuevas autoridades, el próximo 24 de abril, procederá a realizar un cruce en su base de datos con el fin de identificar a todos los funcionarios electos en el ámbito municipal que se encuentren en el régimen de incompatibilidades para proceder con la suspensión de su RPE.

La DGCP recordó que, el artículo 14 de la Ley 340-06, de Contrataciones Públicas, establece que las autoridades municipales, como son los alcaldes, regidores, directores de juntas distritales y vocales, no pueden ser oferentes ni contratar con el Estado para suplir bienes, obras y servicios a las instituciones gubernamentales.

“Como órgano rector del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas y en aras de contribuir con la transparencia e igualdad de oportunidades y evitar conflictos de interés, estaremos identificando a todas las autoridades electas que tengan Registro de Proveedores de Estado (RPE) y que entran en el régimen de incompatibilidades para proceder a la suspensión de oficio de sus registros, cuando asuman sus funciones”, subrayó el director general de Contrataciones Públicas, Carlos Pimentel.

Mediante una nota de prensa, Pimentel exhortó a las nuevas autoridades municipales a gestionar sus procesos de compras a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (Portal Transaccional), que es la plataforma de uso obligatorio para la gestión de los procesos de compras y contrataciones de los organismos sujetos al ámbito de aplicación de la Ley 340-06, para garantizar el cumplimiento de los principios de participación, transparencia y publicidad.

El funcionario recordó que los gobiernos locales son evaluados a través del SISCOMPRAS, un indicador que mide el cumplimiento de la normativa, a través de los registros en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas.

Pimentel reiteró a las autoridades electas que la DGCP está en la mejor disposición de acompañarles en este proceso, en caso de tener cualquier duda o consulta en la materia, a fin de que su accionar se realice siempre en el marco de lo que establece la Ley 340-06 y su reglamento de aplicación 416-23.

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