Poder Ejecutivo somete proyecto de ley de la jurisdicción contenciosa administrativa

POSTED BY, VORPUS MONTERO, 24/08/2022.

SANTO DOMINGO RD.-El consultor jurídico del Poder EjecutivoAntoliano Peralta, depositó este miércoles  en el  Senado de la República el proyecto de ley de la jurisdicción contenciosa administrativa.

La legislación busca reformar la Ley 1494, del 09 de agosto el 1947, que instituyó la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y sus modificaciones, incluyendo la más reciente,  la Ley 13-07, que crea el Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo.

La nueva pieza tiene por objeto garantizar la tutela judicial efectiva de los derechos de las personas en su relación con la administración pública, asegurando la conformidad con el ordenamiento jurídico del Estado en toda conducta, acto, situación u omisión de la administración pública.

También busca regular la organización y el funcionamiento de los órganos judiciales competentes en el ámbito de lo contencioso administrativo y el proceso contencioso administrativo consagrado en la Constitución de la República.

Antoliano Peralta estuvo acompañado de una comisión de juristas, entre ellos Sigmund Freund, titular de la Dirección General de Alianzas Público-Privada (DGAPP), siendo recibidos en el despacho del Senado por Eduardo Estrella, presidente de ese órgano, y los miembros de la comisión coordinadora.

El consultor jurídico al leer la misiva en nombre del presidente Luis Abinader, precisó que desde la reforma a la Constitución en el 2010, se consagró la jurisdicción contenciosa administrativa,  integrada por tribunales superiores administrativos y tribunales contenciosos administrativos de primera instancia, pero que no obstante, está funcionamiento hasta el momento solamente el Tribunal Superior Administrativo ubicado en el Distrito Nacional”.

De su lado, Eduardo Estrella manifestó que la iniciativa será colocada en la agenda del día de la sesión ordinaria convocada para hoy a las 2:00 de la tarde para enviarla a la comisión correspondiente para su estudio.

Acompañaron al presidente del Senado, los senadores oficialistas del Partido Revolucionario Moderno (PRM) Santiago Zorrilla, vicepresidente del Senado; Lía Ynocencia Díaz y Ginnette Bournigal secretarias, además de los voceros Franklin Romero del PRM, Yván Lorenzo del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Ramón Rogelio Genao del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) y Dionis Sánchez de la Fuerza del (FP).

Propuesta  

Con el proyecto de ley se propone que la regulación contenciosa administrativa sea ejercida por los tribunales contenciosos administrativos de primera instancia de naturaleza unipersonal del ámbito de distritos judiciales; los tribunales superiores administrativos, conformados por una o varias salas,  integradas por no menos de tres jueces; y la Suprema Corte de Justicia, como tribunal de casación.

Con la legislación depositada por Antoliano Peralta, habría una secretaría por cada tribunal contencioso administrativo de primera instancia y una por cada tribunal superior administrativo.  

Los tribunales superiores administrativos, territorialmente,  estarían divididos en cinco departamentos: Central, con asiento en el Distrito Nacional; Este, con asiento San Pedro de Macorís; Norte, con asiento en Santiago de los Caballeros; Nordeste, con asiento en San Francisco de Macorís; y Sur, con asiento en Azua de Compostela.

La iniciativa también regula todo lo concerniente al procedimiento contencioso administrativo, incluyendo objeto, fases, plazos, capacidad y legitimación procesal, representación y defensa de la administración pública, medidas cautelares, así como lo relativo a la sentencia y su ejecución, entre otras formas de determinación del proceso, y los respectivos recursos habilitados.

De aprobarse la pieza,  entraría en vigencia en un plazo de un año a partir de su publicación, debiendo estar la jurisdicción contenciosa administrativa en pleno funcionamiento en un plazo máximo de 18 meses, a partir de su publicación.  

La normativa de ley precisa que mientras no esté en funcionamiento el nuevo procedimiento, la solución de los conflictos contenciosos administrativos continuará siendo decidida conforme a la Ley 1494 y la 13-07.

Instagram
WhatsApp