Luego de los 7 días de licencia por covid, empleados se integrarán a sus labores sin necesidad de prueba negativa

POSTED BY: CORPUS MONTERO, 07-01-2022.

SANTO DOMINGO RD.-El Ministerio de Salud Pública, emitió la tarde de hoy la resolución  0002-22. Esta establece y regula los periodos de aislamiento por  contagio de Covid-19.

El documento establece que  cuando una persona obtenga un resultado positivo del covid-19, sea asintomático o amerite tratamiento ambulatorio, deberá permanecer siete días calendario en aislamiento sin necesidad de obtener una licencia médica.

Al concluir este período se reintegrará a sus labores sin necesidad de una prueba negativa.

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“Deberá continuar respetando las medidas de higiene y autocuidado establecidas para prevenir la propagación del Covid-19, enfatizando el uso estricto de mascarillas”.

«Al terminar este periodo se reintegrará  a sus labores cotidianas sin necesidad de una prueba para Covid-19 negativa, y deberá continuar respetando las medidas de higiene y autocuidado establecidas para prevenir la propagación del Covid, enfatizando en el uso estricto de mascarillas»,  establece la resolución.

De igual manera, indica que  aquellas personas que han estado expuestas a un caso positivo de covid-19, podrán realizarse la prueba cinco días después de haber tenido contacto con la persona infectada, aunque si presentan síntomas podrán realizarla antes de este tiempo.

“La prueba de laboratorio referida precedentemente, igual será válida ante la SISALRIL y la Tesorería de la Seguridad Social, para fines del subsidio contemplado en la normativa de seguridad social”, dice el documento.

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