Tribunal Constitucional determina que la Cámara de Cuentas solo puede auditar los recursos del Colegio de Abogados que provengan del Presupuesto Nacional, no aquellos que provienen del sello y pago de membresia.
POSTED BY, CORPUS MONTERO, 11/01/2024. SANTO DOMINGO RD.-El Tribunal Constitucional (TC) acogió una acción en incostitucionalidad interpuesta por el Colegio de Abogados de la Republica Dominicana (CARD), respecto al artículo 74 de la Ley 3-19 del Card, determinando que la Cámara de Cuentas solo puede auditar los recursos del Colegio de Abogados que provengan del…