Diputados convierten en ley el proyecto que crea Inaipi

POSTED BY, CORPUS MONTERO, 20/07/2022.

SANTO DOMINGO RD.-En la sesión de este miércoles, la Cámara de Diputados aprobó de urgencia el proyecto de ley que crea el Sistema Nacional de Protección y Atención Integral a la Primera Infancia y crea el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi).


La pieza, que fue sancionada a unanimidad de los votantes, es una propuesta del Poder Ejecutivo e Yván Lorenzo, vocero de la bancada del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) en el Senado. La misma viene de ser refrendada en la Cámara Alta el pasado 10 de mayo, por lo que ya es ley. Se espera que el Ejecutivo la promulgue para hacerla efectiva.

La legislación tiene por objeto garantizar la atención integral a la primera infancia como medio para la protección de la madre gestante y el desarrollo de todos los niños y niñas de cero a cinco años de edad.

El Sistema Nacional de Protección y Atención Integral a la Primera Infancia, se crea como mecanismo de articulación y coordinación de todas las políticas, instrumentos, acciones y programas, desarrollados por órganos del Estado, instituciones autónomas, organizaciones sociales, dirigidos a la protección y la atención integral de todos los niños y las niñas desde la gestación hasta los cinco años de edad, sus familias y comunidades.

Según la legislación, corresponde al Ministerio de la Presidencia la rectoría del Sistema Nacional de Protección y Atención Integral a la Primera Infancia, y la coordinación de los organismos que lo integran.

Integración del Sistema y objetivos

Forman parte del Sistema Nacional de Protección y Atención Integral a la Primera Infancia el Ministerio de la Presidencia; el Ministerio de Educación; el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social; el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo; el Ministerio de Hacienda; los ayuntamientos; el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (INAIPI); el Consejo Nacional para la Niñez y Adolescencia (Conani); el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS); y el Consejo Nacional de Discapacidad (Conadis).

Entre los objetivos del Sistema está el promover acciones conjuntas que favorezcan la atención en salud y nutrición de la población infantil en edades de cero a cinco años y la madre gestante; propiciar medidas que favorezcan la atención temprana de necesidades educativas especiales y condición de discapacidad en la población infantil de cero a cinco años de edad; impulsar acciones que garanticen la atención integral en los casos de abusos y violencia o maltrato infantil; y promover acciones que faciliten la obtención del registro de nacimiento e identidad de los niños y de las niñas de cero a cinco años de edad.

CONSEJO

Se crea el Consejo para la Protección y Atención Integral a la Primera Infancia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, como organismo de consulta, opinión, orientación y recomendación de políticas sobre protección y atención integral a la primera infancia.

Este consejo estará integrado por el o la ministro de la Presidencia o su representante, quien lo preside; el o la ministro de Salud Pública y Asistencia Social o su representante; el o la ministro (a) de Educación o su representante; el o la ministro (a) de Economía Planificación y Desarrollo o su representante; el o la directora (a) del Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi) o su representante; y el o la director (a) del Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (Conani) o su representante.

Serán parte del Consejo también el o la directora del Consejo Nacional de Discapacidad (Conadis) o su representante; dos representantes de la sociedad civil dedicados a prestar servicios de atención integral a niños y niñas en edades de cero a cinco años, elegidos entre ellos; 9) Un viceministro de Salud Pública y Asistencia Social, con voz pero sin voto, quien fungirá como secretario y se encargará de registrar y tramitar todo lo relativo a su convocatoria, discusiones y decisión.

INAIPI

Se crea el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi), como un organismo autónomo y descentralizado del Estado, provisto de personalidad jurídica, con autonomía administrativa, financiera y técnica, adscrito al Ministerio de Educación, encargado de brindar los servicios de atención integral a la primera infancia

El Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi) tendrá su sede en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional y jurisdicción en todo el territorio nacional.

La pieza manda a crear la Dirección Ejecutiva Inaipi, como instancia técnica, administrativa y de representación legal del INAIPI, la cual estará dirigida por un director ejecutivo. Éste será designado por el presidente de la Republica.

Se recuerda que el INAIPI fue creado mediante el decreto número 102-13, del 12 de abril de 2013, complementado por el decreto número 498-14, del 31 de diciembre de 2014, que declara el año 2015 como “Año de la Atención Integral a la Primera Infancia”, el cual quedó establecido como un órgano descentralizado funcional y territorialmente, adscrito al Ministerio de Educación de la República Dominicana.

El presidente de la República debe dictar el reglamento de aplicación de esta ley en un plazo de ciento veinte (120) días, a partir de su entrada en vigencia.

Las normas internas de funcionamiento, así como la estructura orgánica y los aspectos gerenciales del Inaipi, incluyendo el manual de puestos y régimen salarial, deberán ser dictados en un plazo de ciento veinte (120) días, a partir de su entrada en vigencia.

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