POSTED BY: CORPUS MONTERO, 19/05/2022.
SANTO DOMINGO RD.-Santo Domingo – El Poder Ejecutivo sometió ayer miércoles ante el Senado de la República un proyecto de ley que suprime la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE) y la Unidad de Electrificación Rural y Sub-urbana (UERS) y crea, transitoriamente, la Empresa de Generación Eléctrica Punta Catalina (EGEPC).
La pieza, que de ser aprobada deberá pasar a la Cámara de Diputados para su ratificación, tiene por objetivo suprimir la CDEEE y transferir sus atribuciones al Ministerio de Energía y Minas (MEM), como también suprimir la UERS y transferir sus funciones a dicho ministerio y a las empresas eléctricas estatales.
En una misiva dirigida a Eduardo Estrella, titular de la Cámara Alta, el presidente Luis Abinader explica que la legislación procura que las dos unidades de generación eléctrica que componen la Central Termoeléctrica Punta Catalina (CTPC) queden bajo la administración y regencia “temporal” de la Empresa de Generación Eléctrica Punta Catalina (EGEPC).
El proyecto modifica la Ley 125-01 General de Electricidad, la Ley 55-07, sobre Incentivo al Desarrollo de Fuentes Renovables de Energía y de sus Regímenes Especiales y la Ley 100-13, que crea el Ministerio de Energía y Minas.
Además, deroga la Ley 394-14, que autoriza a la Corporación Dominicana Eléctricas y Estatales a promover, directa o indirectamente, la actividad de generación de energía, y la Ley 142-13, que añade un artículo 24 a la Ley 100-13, y modifica otras leyes y decretos que deban adecuarse o derogarse total o parcialmente, a consecuencia del proceso de liquidación y eliminación de la CDEEE y la UERS.
Detalles del proyecto de ley
En uno de los considerandos, la iniciativa consiga que el Poder Ejecutivo ha sometido a consideración del Congreso Nacional y ante el Consejo Económico Social (CES), un proyecto de fideicomiso que de ser aprobado, se constituirá en el vehículo jurídico financiero para la administración de la Central Termoeléctrica Punta Catalina.
La legislación precisa en su artículo tres, la supresión de la CDEEE, la cual fue creada mediante la citada Ley 125-01. En consecuencia se modifica el artículo 138 de dicha ley para que en lo adelante se lea:
“El Poder Ejecutivo creará dentro de un plazo no mayor de 90 días la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED), a la cual se transferirán todas las líneas y sistemas de transmisión eléctricas (sistema interconectado). El Poder Ejecutivo creará la Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana (EGEPC), a la cual se le traspasarán la propiedad y administración de los sistemas de generación hidroeléctrica del Estado habidos y por haber. Estas empresas serán de propiedad estrictamente estatal, tendrán personería jurídica y patrimonio propio en virtud de la presente ley y estarán en capacidad de contraer obligaciones comerciales contractuales según sus propios mecanismos de dirección y control”.
El responsable de llevar a cabo los programas del Estado en materia de electrificación rural y suburbana a favor de las comunidades de escasos recursos económicos, será el Ministerio de Energía y Minas, quien además será el continuador jurídico de la suprimida CDEEE en relación con los asuntos que subsistan a partir de esta normativa, «salvo lo concerniente a los contratos de compraventa de energía» según se dispone en el artículo cinco de la misma.
La Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana (EGEPC) estará obliga a suministrar al Ministerio de Energía y Minas y al Poder Ejecutivo, a través del referido ministerio, un informe anual y cuando lo sea requerido, de todas sus actividades, en el cual deberá incluir: balance de situación; memoria anual de las actividades; estado de ingresos y egresos; estado de origen y aplicación de fondos; y cualquier otro documento contentivo de informaciones sobre sus planes, programas de trabajo y sobre los resultados de sus gestiones.
Para la consecución de los fines y creación de la EGEPC y al Poder Ejecutivo, en un plazo de 120 días, determinará mediante decreto, la composición de los órganos de dirección, administración y control facultades, los cargos de máxima jerarquía, integración y designación.
El Ministerio de Energía y Minas deberá presentar al Poder Ejecutivo en un plazo de 180 días una propuesta de adecuación de los decretos relacionados con esta iniciativa.
En la carta remitida a Eduardo Estrella, el Ejecutivo se despide solicitando a los congresistas votar a favor de la normativa.